CONSEJO ESCOLAR EXTRAORDINARIO SOBRE LA AMPLIACIÓN DE HORARIO DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN

Como padre integrante del Consejo Escolar voy a presentar escrito referente a este punto del día, el cual deja en manos de la dirección del centro la decisión de aumentar o no el horario de religión hasta 90 minutos semanales. 

Os dejo el texto y espero comentarios: 

 En relación con el único punto del orden del día del consejo escolar convocado el 24 de junio a las 17:30 horas, “Información sobre ampliación del horario de Religión curso 2015-2016”. 
 Ruego se dé lectura al texto de este escrito para general conocimiento del Consejo Escolar.
 Indico mi valoración negativa a dicha decisión por lo siguiente: 
 1. La citada ampliación supone la merma en el currículo escolar de 45 minutos en otra materia, por lo que se le presta mayor importancia a religión que a cualquier otra asignatura. 
2. Es notorio, como se ha citado en anteriores consejos escolares, la apuesta por programas que incentiven la lectura, que se trabajen aspecto curriculares como los hábitos y conductas a través de tutorías, que se aumente la formación musical limitada a una hora semanal,… 
3. La Constitución Española en su artículo 16.3 se declara estado aconfesional, por lo que desde la misma Constitución se invita a ni siquiera impartir la asignatura. 
4. Las necesidades del alumnado en las materias instrumentales es más necesario de reforzar que la ampliación de un horario que beneficiando a una persona, la profesora en este caso, merma el tiempo que se podría dedicar a otra materia instrumental o no. 
5. La mayoría del alumnado está matriculado en religión, pero esto no es motivo para aumentar la carga lectiva, que se mueve entre 45 minutos y 90 minutos semanales, en el centro se imparten 60 minutos, un término medio bastante aceptable como para aumentar el tiempo semanal. 
6. Aquel alumnado que no se matricule en religión estará en alternativa, lo que supone que todo ese tiempo de exceso lo estará perdiendo; recordar que la alternativa actualmente pasa por repartir al alumnado en otras aulas asignándole tareas que no supervisa el tutor/a de esa aula y que no siguen en conjunto una estructura de asignatura. 
7. la Junta de Andalucía, a través de la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, en unas instrucciones emitidas con fecha de 24 de febrero, "conmina a las personas que ejercen las direcciones de los centros educativos a que, antes del día 10 de junio, comuniquen a la Dirección General de Planificación y Centros el total del horario asignado a la materia de Religión en cada uno de los niveles de la etapa para el curso que viene, dejando pues en manos de las direcciones la responsabilidad de aumentar la carga horaria de la misma". Para los directores representados en Asadipre (Asociación Andaluza de Directores de Infantil, Primaria y Residencias Escolares), esta instrucción genera "confusión" en la aplicación de las competencias en materia educativa, ya que "se va a decidir una ampliación horaria y, por ende, las condiciones laborales de los trabajadores, en órganos de gobierno del centro de los cuales forman parte los interesados" (en este caso la profesora de religión forma parte del claustro), lo que, a su juicio, obligará a tener en cuenta condicionantes "afectivos" que "distorsionarán" esa capacidad de decisión. Además, los directores consideran que el hecho de que sean los directores los definan el tiempo que su centro dedica a la Religión, "creará problemas en las relaciones dentro de las comunidades educativas de los centros escolares e incluso a nivel local", ya que esa decisión puede "dividir a la opinión pública a favor o en contra por las diversas connotaciones que lleva asociadas". Asadipre considera, además, que algunos condicionantes como "las relaciones personales, las creencias religiosas y el sentimiento del deber" pueden influir de forma indeseada en la toma de decisiones de los centros. Es por lo que considero que estas medidas han “coaccionado” al claustro de profesores declinándose a favor de las relaciones personales y afectivas con la profesora de religión, sin pensar en ningún momento en el desarrollo educacional de los niños y niñas y las necesidades pedagógicas de ellos y ellas. 
8. Creo que la decisión del equipo directivo podría haber estado basada en recoger el sentir de toda la comunidad educativa y tener así una visión más amplia de las necesidades e inquietudes del alumnado; al mismo tiempo que haber establecido un claustro donde hubiese estado ausente la propia profesora de religión quien, con su presencia coaccionaba al resto de compañeros. Y los componentes del claustro no pensaron en el alumnado. 

 Todo lo expuesto si ningún tipo de acritud personal hacia la docente que presta sus servicios, entiendo que hay razones suficientes para NO AUMENTAR la carga lectiva de la citada asignatura. 

 José Mª Diánez Sánchez 
Miembro del Consejo Escolar

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